Los usuarios interesados en ingresar a Colombia con perros y gatos como equipaje acompañado o aquellos que son enviados en la modalidad de carga, podrán registrarse previo a su arribo al país en el siguiente enlace http://afrodita.ica.gov.co/ADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR/AddADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR_PUB.aspxcon el fin de radicar su solicitud de inspección o acercarse a la oficina ICA ubicadas en los Puertos, Aeropuertos o Pasos de Frontera (PAPF) de ingreso al momento de su llegada para realizar la respectiva inspección documental y física del animal, y posterior expedición del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS).
El propietario o tenedor de la mascota debe presentar al funcionario ICA la siguiente documentación para el proceso de inspección:
Certificado Sanitario.
Presentar original y copia del certificado sanitario expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen con sello, firma y fecha de expedición no mayor a diez (10) días calendario, previo al ingreso de los animales a Colombia, en el cual se certifique:
- La especie, raza, sexo, edad, color del pelaje.
- Que el animal fue sometido a un examen clínico por parte de un Médico Veterinario o Médico Veterinario y Zootecnista y que al momento de realizar el mismo, el animal se encontró libre de síntomas y/o signos de enfermedades infectocontagiosas, parasitarias y sin presencia de heridas en proceso de cicatrización.
- Que el animal recibió un tratamiento antiparasitario interno y externo no mayor a 30 días antes del viaje, con productos cuyo uso está debidamente autorizado en el país de origen, indicando nombre del producto, principio activo y la fecha de administración del mismo.
- Que el animal se encuentra en condiciones sanitarias aptas para ser transportado.
Certificado de vacunación.
El certificado o carnet de vacunación (documento original, no se aceptan copias) debe contener los siguientes elementos:
- Presentar original y copia del certificado de vacunación vigente, que incluya la última vacunación de la rabia y las demás que se apliquen en el país de origen
- Especificar nombre del producto, número de lote, fecha de administración y validez de la vacunación.
Notas:
- No se requiere apostillado o consularizado de ningún documento.
- Para el viaje el canino o felino, la aplicación de la primera vacuna antirrábica, debe haberse desarrollado por lo menos 1 mes antes del viaje. Por lo tanto la edad mínima permitida para el ingreso de estas mascotas es de aproximadamente 4 meses.
- Para las mascotas menores de 4 meses que no estén vacunados contra la rabia, deberán realizar cuarentena domiciliaria, con el fin de verificar el cumplimiento de esta exigencia.
2. Inspección física del animal
El médico veterinario del ICA ubicado en el Puerto, Aeropuerto o Paso de Frontera (PAPF) de ingreso, posterior a la inspección documental realizará la respectiva inspección física del animal, en el cual constatará la condición de salud del animal y las declaraciones sanitarias certificadas en su país de origen.
3. Expedición del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)
En el PAPF de ingreso, el médico veterinario del ICA una vez verificado el cumplimiento en la documentación y la condición sanitaria del animal, emitirá el respectivo Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) cuyo valor se encuentra establecido en la Resolución de tarifas vigente del Instituto Colombiano Agropecuario para el año en curso.
NOTAS:
- Para consultar el valor de la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria – CIS, consultar el siguiente link: https://www.ica.gov.co/servicios_linea/sispap_principal/Documentos/Resolucion-Tarifas-2018-No-17779.aspx
- Tener en cuenta para la consulta el código del servicio a solicitar:
SERVICIO | CODIGO |
Tarifa básica mascotas (Hasta 5 animales por especie) | 04223 |
Tarifa básica comercial (hasta 10 animales) | 04224 |
Tarifa comercial después de10 animales, costo adicional por animal | 042241 |
- Los funcionarios no están autorizados en recibir dinero en efectivo.
El pago correspondiente al servicio – emisión del CIS, por parte del viajero interesado en ingresar a Colombia con su animal de compañía, podrá realizarlo de las siguientes maneras:
- Para perros y gatos que lleguen por cabina con su acompañante, el pago correspondiente deben realizarlo a través de tarjeta crédito o débito (pago a través de datafono) con el funcionario ICA presente en el Muelle Internacional, se reciben las franquicias credibanco MASTERCARD, VISA y AMERICAN EXPRESS.
- Los funcionarios no están autorizados en recibir dinero en efectivo.
El pago correspondiente al servicio – emisión del CIS por parte del viajero interesado en ingresar a Colombia con su animal de compañía, podrá realizarlo de las siguientes maneras:
- Para perros y gatos que lleguen por cabina con su acompañante, el pago correspondiente deben realizarlo a través de tarjeta crédito o débito (pago a través de datafono) con el funcionario ICA presente en el Muelle Internacional, se reciben las franquicias credibanco MASTERCARD, VISA y AMERICAN EXPRESS.
- Los pagos se pueden efectuar vía Baloto convenio 950698.
- Para perros y gatos que lleguen por bodega de carga, el pago correspondiente deben realizarlo a través entidad bancaria directamente, así:
BANCO DE OCCIDENTE Cuenta Corriente: 23008156-4 Cod. Recaudo 12662 REF 1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF 2: Código de servicio a cancelar |
BANCO AGRARIO Cuenta Corriente: 002300201270 Cod. Convenio: 11299 REF1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF 2: Nombre completo o razón social REF 3: Código de servicio a cancelar |
DAVIVIENDA* Cuenta Corriente: 008969998189 ICA RECAUDOS REF1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF2: Cod Servicio + Cod Davivienda * Nota: Para pagos en Davivienda el código de servicio que se debe reportar es 22321 |
BANCOLOMBIA Cuenta Corriente: 24190773421 COD. Convenio: 72159 REF 1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF 2: Código de servicio a cancelar |
Las consignaciones deben realizarse con el nombre del pasajero y el documento de identidad con el cual se expedirá el CIS
El viajero deberá a través del Sistema de Información Sanitaria para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios del ICA – SISPAP:
- Registrarse como importador de animales de compañía: ingresar a la siguiente dirección https://afrodita.ica.gov.co/ADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR/AddADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR_PUB.aspxy llenar los campos obligatorios del formulario Nuevo Importador Exportador Animales de Compañía y hace clic en el botón Guardar
- Ingresar al SISPAP a través del link de acceso (https://afrodita.ica.gov.co/Security/SignIn.aspx) recibido en su correo electrónico, digitando el usuario y contraseña asignado. Debe actualizar su contraseña.
- El interesado siguiendo la ruta Nacionalización / Solicitud de Inspección Sanitaria Animales de Compañía / hace clic en el icono que dice Nuevo podrá diligenciar la solicitud de inspección sanitaria para el momento de su llegada a Colombia. Al completar los datos hacer clic en el botón Continuar
- El interesado completa el segundo cuadro de recolección de información adicionando información del animal de compañía y demás campos obligatorios, y hace clic en el botón Guardar.
- El sistema muestra la ventana CIS SIN DOCUMENTO PREVIO con el nuevo registro creado. El interesado deberá imprimir copia de la Solicitud de Inspección Sanitaria haciendo clic en el icono de la impresora. El reporte en formato PDF muestra el valor la inspección que debe pagar el interesado.
- El interesado deberá pagar en línea la solicitud de inspección sanitaria para animales de compañía, para esto ingresa a la opción de Pago en línea / Importación Animal / CIS sin documento previo. En la ventana de CIS SIN DOCUMENTO PREVIO – PENDIENTES DE PAGO se selecciona la solicitud de inspección sanitaria tramitada y hace clic en el botón Pagar CIS Sin Doc. Previo
- Este pago en línea se hace a través del Sistema PSE y sus bancos asociados.
- El interesado deberá imprimir la factura del pago PSE, debe hacer clic en la siguiente ruta: Consulta / Pagos PSE
- Los perros y gatos que NO cumplan con los requisitos establecidos para la importación, deberán cumplir con un periodo de cuarentena domiciliaria post-entrada que incluye dos (2) visitas de seguimiento por un funcionario del ICA y deben cancelar el valor del seguimiento de cuarentena según Resolución de tarifas del ICA vigente o serán reembarcados al país de origen. Código de servicio ICA: 04254 (para pagos en Davivienda el código de servicio que se debe reportar es 25472)
- Tener en cuenta que Ley 1801 de 29 de julio de 2016 “Por la cual se expide el código nacional de policía y convivencia” en su Título XIII – De la relación con los animales; Capitulo IV – Ejemplares Caninos Potencialmente Peligrosos, señala:
- Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros.
- Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
- Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire terrier, Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasilero, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire terrier, Tosa Japonés, y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno Nacional determine
(Cualquier inquietud con relación a esta norma deberá tramitarse directamente con la Policía Nacional de manera previa).
EXPORTACIÓN DE PERROS Y GATOS DESDE COLOMBIA

- Certificado Sanitario. El certificado sanitario o de salud del animal debe contener los siguientes elementos:
- Emitido por un médico veterinario en ejercicio de su profesión y con fecha de expedición no mayor a tres (3) días calendario anteriores de la fecha de embarque.
- Especificar los siguientes datos: nombre del animal, identificación de la mascota (microchip, tatuaje, otro), especie, raza, sexo, edad, color del pelaje.
- Certificar que el animal fue sometido a un examen veterinario y no presentó ningún signo clínico de enfermedad infectocontagiosa ni parasitaria, no presenta heridas frescas o en proceso de cicatrización, cuenta con un plan de vacunación vigente (fechas y productos), recibió un tratamiento contra parásitos internos y externos de forma reciente con productos registrados ante el ICA (fechas y productos) y es apto para ser transportado.
Nota:
Certificado de vacunación. El certificado o carnet de vacunación debe contener los siguientes elementos:
- Plan de vacunación vigente según la edad y la especie.
- Especificar nombre del producto, número de lote, fecha de administración y validez de la vacunación.
2. Inspección física del animal
Horario de atención para exportación de mascotas:
El horario de atención al público quedará sujeto a verificación por parte del usuario en el puerto de salida
favor consultar https://www.ica.gov.co/El-ICA/Directorio-Seccionales.aspx
3. Expedición del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)
En el PAPF de salida, el médico veterinario del ICA una vez verificado el cumplimiento en la documentación y la condición sanitaria del animal, emitirá el respectivo Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) el cual tiene una validez de 72 horas contadas a partir del momento de su expedición y cuyo valor se encuentra establecido en la Resolución de tarifas vigente del Instituto Colombiano Agropecuario para el año en curso.
- Tarifa Básica: Para inspección sanitaria de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm. Código de servicio 04223.
- Acuerdo de tarifas: vigente https://www.ica.gov.co/servicios_linea/sispap_principal/Documentos/Resolucion-Tarifas-2018-No-17779.aspx
- Servicio especial: Para inspección sanitaria de lunes a viernes de 5:00 pm a 8:00 am, fines de semana y festivos previa solicitud. Código de servicio 04223.
BANCO DE OCCIDENTE Cuenta Corriente: 23008156-4 Cod. Recaudo 12662 REF 1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF 2: Código de servicio a cancelar |
BANCO AGRARIO Cuenta Corriente: 002300201270 Cod. Convenio: 11299 REF1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF 2: Nombre completo o razón social REF 3: Código de servicio a cancelar |
DAVIVIENDA* Cuenta Corriente: 008969998189 ICA RECAUDOS REF1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF2: Cod Servicio + Cod Davivienda * Nota: Para pagos en Davivienda el código de servicio que se debe reportar es 22321 |
BANCOLOMBIA Cuenta Corriente: 24190773421 COD. Convenio: 72159 REF 1: Número de documento de identidad (Cédula, pasaporte o NIT) REF 2: Código de servicio a cancelar |

- Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Aruba vía mail vetservice@aruba.gov.aw
- El certificado sanitario emitido por el médico veterinario adicionalmente debe certificar que la mascota se encuentra libre del parásito Cochliomyia hominivorax (gusano barrenador del ganado bovino).
- El certificado sanitario emitido por el médico veterinario debe registrar el número de microchip que identifica la mascota.
- La vacuna antirrábica debe tener vigencia minina de 30 días.
- Tratamiento específico contra endo y ectoparásitos con ivermectina inyectable en dosis de 1ml / 50 kg no más de 72 horas antes de la llegada a Aruba. En perros colli y Sheltie se puede utilizar otro producto.
- No permiten el ingreso de mascotas (perros y gatos) procedentes de Colombia.
- Para ingresar mascotas a este país el CIS expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería.
- Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.
- Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Curazao.
- El certificado sanitario emitido por el médico veterinario adicionalmente debe certificar que la mascota se encuentra libre del parásito Cochliomyia hominivorax (gusano barrenador del ganado bovino).
- Los cachorros (perros y gatos) se deben vacunar contra la Rabia a los tres (3) meses de edad y podrán viajar un mes después de aplicada la vacuna; por consiguiente, la edad mínima para viajar a los Estados Unidos de América es de cuatro (4) meses.
- Los perros para la reventa o con fines comerciales deben estar en buen estado de salud y vacunados contra la Rabia. La edad mínima para viajar es de seis (6) meses.
- Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.
- Para ingresar mascotas a este país el CIS expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería.
- El certificado de vacunación debe estar en original y copia conteniendo las siguientes vacunas (vigentes): Rabia, Distemper (Moquillo), Parvovirus, Leptospirosis y Hepatitis.
- Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Trinidad y Tobago.
Unión Europea, Reino Unido y Suiza:
- La mascota debe estar identificada con un microchip que cumpla con la norma ISO 11784 y aplicar la tecnología HDX o FDX-B, y poder ser leído con un dispositivo de lectura compatible con la norma ISO 11785.
- La mascota debe estar vacunada contra la rabia, para lo cual debe tener, al menos, 3 meses de edad (Reglamento UE No.576/2013).
- Se debe realizar una prueba de títulos de anticuerpos contra rabia. La toma y envió de la muestra debe ser realizada por un médico veterinario particular en ejercicio de su profesión.
- Resultado de análisis de laboratorio de anticuerpos neutralizantes contra Rabia (original y copia) debe ser realizado por un laboratorio autorizado por la Unión Europea y su resultado no debe ser inferior a 0,5 ui/ml. La muestra de suero debe ser tomada un (1) mes después de realizada la vacunación contra la rabia y tres (3) meses antes del desplazamiento, es decir, la edad mínima para que la mascota pueda entrar en los países de la Unión Europea es de siete (7) meses.
- Las mascotas que retornen a los países de la UE deben tener la prueba serológica de anticuerpos antirrábicos y esta será válida siempre y cuando su plan de vacunación se encuentre al día.
- El listado de los laboratorios autorizados puede ser consultado en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/food/animal/liveanimals/pets/approval_en.htm
- El Reglamento 998/2003 y sus posteriores modificaciones, podrá ser consultado en: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2003R0998:20111205:ES:PDF
Para información adicional favor comunicarse:
Artículo tomado de: www.ica.gov.co |